El Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Épila desarrolla las funciones municipales ligadas a la actuación urbanística: planeamiento y gestión, licencias y disciplinas urbanísticas, conservación de edificios, proyectos y obras municipales, planificación e implantación de obras de viabilidad e infraestructuras, así como asesorar a la ciudadanía y a otras áreas en materia de urbanismo.
Dónde estamos.
Servicio de Urbanismo
Plaza España nº 1
50290 Épila (Zaragoza)
Teléfono: 976 603 111
urbanismo@ayuntamientoepila.es
epilaurbanismo@gmail.com
Horario de atención al público:
- Consultas generales y consultas de proyectos en exposición pública: Lunes a viernes de 09.00 a 14.00 h.
- Servicios técnicos de Urbanismo: Para orientar e informar sobre la normativa urbanística aplicable, trámites, requisitos o documentación necesaria en los procedimientos municipales o asesorar sobre actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
- Técnico Municipal: martes y jueves de 10:00 a 12:00, solicitando cita previa en el teléfono 976 603 111
¿Qué ocurre si realizo obras sin licencia o sin ajustarse a la misma?
El Ayuntamiento según legislación vigente y delegación de competencias efectuadas en el Órgano competente de la C.C.A.A. procederá en los siguientes términos:
Cuando se estuviera realizando algún acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o del subsuelo sin título habilitante de naturaleza urbanística (licencia, declaración responsable o comunicación previa) u orden de ejecución o contra las condiciones señaladas en los mismos, el Alcalde dispondrá su paralización inmediata y, previa la tramitación del oportuno expediente, adoptará alguno de los acuerdos siguientes:
a) Si las obras o los usos fueran total o parcialmente incompatibles con la ordenación vigente, decretará su demolición, reconstrucción o cesación definitiva, en la parte pertinente, a costa del interesado, aplicando en su caso lo dispuesto en el apartado siguiente para la parte de la obra o del uso compatible con la ordenación.
b) Si las obras o los usos pudieran ser compatibles con la ordenación vigente, requerirá al interesado para que, en el plazo de dos meses, inicie la tramitación del oportuno título habilitante de naturaleza urbanística o su modificación. En caso de no procederse a la legalización, decretará la demolición, reconstrucción o cesación definitiva de la obra o del uso, en la parte pertinente, a costa del interesado.
En los supuestos en que se acuerde la paralización de las obras o actos de uso del suelo o del subsuelo, el Alcalde deberá adoptar las medidas necesarias para verificar y garantizar la total interrupción de la actividad, tales como la suspensión de los suministros provisionales de obra o el precinto o la retirada de los materiales y la maquinaria preparados para ser utilizados en la obra o actividad suspendida.
Si se hubiese concluido algún acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o del subsuelo sin título habilitante de naturaleza urbanística u orden de ejecución o contra las condiciones señaladas en los mismos, el Alcalde, dentro del plazo de prescripción de la correspondiente infracción urbanística, a contar desde la total terminación de las obras y previa la tramitación del oportuno expediente, adoptará alguno de los acuerdos establecidos en los apartados letras a) o b), según proceda. El mero transcurso dicho plazo no conllevará la legalización de las obras realizadas.
Cuando la Administración adopte acuerdos en virtud de los cuales el interesado deba ejecutar actuaciones de reposición de las cosas al estado anterior a los hechos u otras que procedan para garantizar el cumplimiento de la legalidad, una vez transcurran los plazos otorgados para ello sin su total cumplimiento, podrá optar entre la ejecución subsidiaria o la imposición de multas coercitivas.
Por último, la legislación determina las siguientes multas en su régimen sancionador:
- Infracciones leves: serán sancionadas con multa de 600 € a 6.000 €
- Infracciones graves: serán sancionadas con multa de 6.001 € a 60.000 €
- Infracciones muy graves: serán sancionadas con multa de 60.001 € a 300.000 €
EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA (PGOU)
DÓNDE PRESENTARLO:
Oficinas del Ayuntamiento, Plaza España, 01 – 50.290 Épila (Zaragoza)
o por correo electrónico a la dirección informacion.epila@dpz.es
Se recuerda que aquel que esté interesado en tener dicha licencia para Semana Santa deberá solicitarlo como límite hasta el día 09/03/2018
HORARIO: de 8:00 a 14:00 Lunes a Viernes
Urbanismo:
- Declaración Responsable
- Autoliquidación declaración responsable
- Comunicación previa de cambio de titular
- Solicitud Inscripción APP en Registro municipal
- Solicitud Licencia Municipal de apertura de actividad
- Solicitud Licencia Municipal de Obras Mayores
- Solicitud Licencia ocupación de vía pública para Ferieantes y Fiestas
- Solicitud Renovación Licencia Ocupación de la Vía Pública para el Mercadillo Municipal